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Nueva Normativa para Guías Turísticos en Andalucia

Escrito el 04/02/2015 · en Actualidad, Noticias

El pasado 30 de enero el BOJA publicaba el Decreto 8/2015 de 20 de enero regulador de guías de turismo de Andalucía en virtud del cual se establecen los requisitos para acceder a tal condición.

Se establecen distintas vías de acceso a la actividad, cuya novedad ha sido no centrarse en una titulación académica concreta sino en la Cualificación Profesional de Guía de Turistas y Visitantes, y en el requisito de conocimiento de dos idiomas extranjeros, según la redacción del propio Decreto; distinguiendo entre un procedimiento general, otro procedimiento basado en el reconocimiento de las cualificaciones profesionales de las personas nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea y un tercer procedimiento de habilitación mediante la realización de pruebas de aptitud convocado por la Consejería competente en materia de turismo.

También regula la libre prestación del servicio en supuestos de ejercicio temporal u ocasional, adaptándolo a la normativa comunitaria. Por último, se establece la inscripción de oficio en el Registro de Turismo de Andalucía de las personas a quienes se haya habilitado para ejercer la actividad de guía de turismo, y se detallan los derechos y obligaciones de las mismas.