Incentivos dirigidos a financiar la adaptación de puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal con la finalidad de evitar accidentes laborales o a sufragar la eliminación de barreras u obstáculos que dificulten el trabajo de las personas con discapacidad contratadas en empresas ordinarias.
Las entidades beneficiarias son las personas trabajadoras autónomas, las empresas válidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro, las entidades de economía social, incluidas las entidades sin ánimo de lucro y las entidades sin personalidad jurídica, ubicadas en Andalucía.
Los gastos subvencionables serán aquellos derivados directamente de la adapatación de los puestos de trabajo, dotación de equipos de protección personal o eliminación de barreras arqutectónicas necesarios para evitar accidentes laborales. En la adaptación del puesto será subvencionable la inversión en inmovilizado material y la dotación de equipos de protección personal siempre que suponga la adquisición de activos nuevos y no se hayan financiado mediante arrendamiento financiero o “leasing”. En la eliminación de barreras se entiden por gastos subvencionables los gastos que incluya el proyecto.
La cuantía es un importe de 901,52 euros por cada contratación indefinida formalizada que requiera adaptación del puesto.